viernes, 15 de octubre de 2010

SEGURIDAD JURIDICA

El pasado 8 de Octubre se publicó en el BOJA la ORDEN de 15 de septiembre de 2010, por la que se modifica el artículo primero de la Orden de 13 de noviembre de 2009, por la que se determinan el número de guardias que corresponden realizar a los Colegios de Abogados de Andalucía para el ejercicio 2009 y los baremos aplicables a la compensación económica por dichos servicios(http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2010/198/d/12.html).
Es una norma que no viene más que a reflejar la falta de conocimientos jurídicos, la improvisación y la tomadura de pelo que la Consejería (hoy) de Gobernación y (in)Justicia. Baste leer el texto someramente y comprobar cual es la excusa por la que a los Abogados de Oficio todavía a fecha de hoy se le adeudan sus percepciones correspondientes las Guardias del Cuarto Trimestre de 2009: Textualmente nos dice:
"El carácter novedoso del régimen de determinación de los servicios de guardia establecido con el nuevo Reglamento, así como la eliminación de las denominadas «Asistencia Individualizadas» que con carácter excepcional se venían prestando por los Colegios de Abogados para atender los servicios de asistencia letrada a detenidos o preso, y su integración en los turnos de guardia permanente de presencia física o localizable, que ha requerido su necesaria conversión en guardia ha dificultado en el ejercicio 2009 el acierto en la determinación del número de guardias a realizar por los Colegios de Abogados para dicho ejercicio, habiéndose producido un desfase de las guardias efectivamente realizadas y así certificadas por el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados en el 2009, con las previstas para el mismo ejercicio, lo que pone de manifiesto la necesidad de modificar el artículo primero de la orden referida en el párrafo anterior".
Varias cuestiones a destacar:
1º.- ¿Novedoso régimen de determinación de los sevicios de guardia? El Reglamento de Justicia Gratuita fue aprobado el 26 de Febrero de 2008. Al final las consecuencias de las novedades chapuceras las pagan los de siempre.
2º.- Si los Colegios certificaron el número de guardias del ejercicio 2009 a principios de 2010, no tiene sentido esperar hasta el mes de Octubre para corregir el desfase; pero claro, los Abogados de Oficio siempre pueden esperar.
3º.- En cuanto a las guardias para el año 2010 pasará un tanto de lo mismo: se dictará la Orden en Noviembre, con efectos retroactivos a primero de año, volverá a haber nuevo desfase y, en Octubre de 2011, se darán cuenta y corregirán.
4º.- Y en cuanto a las de 2011, cuya determinación debería efectuarse por la Consejería en estas fechas, a tenor de lo que viene sucediendo, se dejará para el 2012.
5º.- Y por último: nos informará el Colegio algún día de todo esto, o, simplemente se limitará a hacer saber que se procede al pago de los servicios prestados.
Entre tanto, ya una vez detectado el "error", ¿a que espera la Consejería para hacer efectivos los pagos pendientes?

1 comentario:

  1. COMPAÑEROS ¿ POR QUÉ NO REACCIONAMOS ANTE ESTE ATROPELLO DE LA CONSEJERÍA DE JUSTICIA DE LA JUNTA? DEJEMOS UN SOLO DÍA DE PRESTAR SEVICIOS A DETENIDOS, IMPUTADOS Y PRESOS. CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PARALIZADA, VEREMOS COMO LA CONSEJERÍA REACCIONA Y DEJA DE REIRSE DE NOSOTROS. PERO CLARO, PARA ESO ES NECESARIO QUE LOS COLEGIOS DE ABOGADOS ANDALUCES SE UNAN Y DECIDAN EMPRENDER UNA MEDIDA DE PROTESTA COMÚN.SI NO LUCHAMOS, LOS IMPAGOS IRÁN A MÁS Y LAS CONDICIONES DEL SERVICIO CADA VEZ PEOR!!

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