viernes, 21 de septiembre de 2012

POR LA COMPAÑERA ROSA COBO: DESCANSA EN PAZ

Hoy es un día de luto para todos los Abogados de Granada por el asesinato de la Compañera Rosa Cobo. Desde aquí manifestamos nuestra más enérgica repulsa y condena por estos lamentables hechos.
D.E.P.

martes, 18 de septiembre de 2012

COMENTARIOS ACERCA DEL BORRADOR DE MODIFICACION DE BASES Y MODULOS DE COMPENSACION ECONOMICA


A continuación transcribo los comentarios remitidos a los responsables de Colegio de Abogados de Granada, como así se nos solicitó mediante la oportuna Circular:

         Para empezar estos breves comentarios a la pretendida modificación de los módulos y bases de compensación económica por los servicios de Asistencia Jurídica Gratuita en el Turno de Oficio y en el Turno de Guardia, he de poner de manifiesto algo que, por su simplicidad, no deja de ser importante: si como se dice en la Exposición de Motivos del borrador, se ha producido un aumento del volumen de asuntos bajo la cobertura de la Asistencia Jurídica Gratuita, es totalmente descabellada la idea de hacer pesar esa sobrecarga de trabajo sobre los profesionales que lo prestan, y más si a ello se le une la pretendida disminución de las compensaciones.

         Vista la evolución que ha experimentado el servicio en los últimos años, considero que sería más conveniente un mayor control de las concesiones de Asistencia Jurídica Gratuita por parte de las Comisiones Provinciales, que son las que realmente tienen  mecanismos para la averiguación de la situación patrimonial de los solicitantes.

         Desde el punto de vista de los profesionales que prestamos el servicio últimamente se ha producido un importante empeoramiento de las condiciones económicas en varios sentidos:

  1.           IMPUNTUALIDAD EN LOS PAGOS: Los retrasos en los pagos se han venido dilatando de forma progresiva. Por ejemplo, el Tercer Trimestre  del año 2006 (Turno de Oficio y Asistencia al Detenido) se cobró a mediados de Febrero de 2007. Ahora el Tercer Trimestre de 2011 de Turno de Oficio se cobró el 3 de Agosto de 2012, casi seis meses de retraso sobre el retraso que ya de por sí tenía aquel pago.
  2.           CONFUSION DE LIQUIDACIONES: Desde que se procedió a efectuar los mal llamados pagos mensuales, se están liquidando porcentajes arbitrarios, en lugar de liquidar periodos certificados. Preferible era el sistema anterior en el que se abonaban periodos completos. Ahora ello ha supuesto mayor complejidad para el control de cobros y una excesiva e inútil sobrecarga de trabajo para las administraciones colegiales que han dedicar buena parte de su tiempo a estos menesteres.
  3.           NO ACTUALIZACION DEL I.P.C.: Las cantidades que hasta ahora se vienen percibiendo son las mismas el año 2009, sin que ni tan siquiera hayan sido actualizadas conforme al I.P.C., con la consiguiente pérdida de poder adquisitivo.
  4.           AUMENTO DEL TIPO DE RETENCION DE I.R.P.F.: Por si los retrasos en los pagos no fuesen suficientes, se procede al aumento del tipo de retención por I.R.P.F. del 15 % al 21 %. Ello supone por ejemplo, que el 21 % de los servicios que se presten en el mes de Enero de 2013, cuyo abono se efectuara en Enero de 2014, el Letrado lo incluiría en su declaración a efectuar en el 2015, por lo que su devolución podría llagar a producirse hasta en diciembre de ese año.
  5.           NO PUBLICACION OFICIAL DE LOS PAGOS: a partir del año 2010, precisamente coincidiendo con la implantación de los “pagos mensuales”, es cuando se dejan de publicar en el BOJA las liquidaciones, lo que ha generado mayor incertidumbre e inseguridad jurídica.

        Casi todos los aspectos de empeoramiento citados son imputables al Gobierno Autonómico andaluz, ya que solamente escapa de sus competencias el referente al aumento del tipo de I.R.P.F.. El resto son plenamente responsabilidad suya, y han provocado en gran medida un empeoramiento de las condiciones económicas para los Abogados y sin que, en alguno de los casos, encuentren justificación en la actual coyuntura económica (no publicación de pagos y “pagos mensuales”) ni en una mayor eficiencia del servicio.

         En todos estos últimos años la Consejería competente en materia de Justicia ha venido incumpliendo de forma permanente e injustificada las condiciones económicas dispuestas en el propio Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en  términos tales como:

  1.           El propio Artículo 46 prevé el establecimiento de un módulo para la guardia con prestación efectiva de la actuación y otro diferente para la guardia en la que no se hubiese efectuado ninguna intervención, compensándose en este último caso el haber permanecido en disponibilidad. Ninguna de las Ordenes dictadas en desarrollo de dicho precepto han previsto tal distinción, y tan sólo han facultado a los Colegios al fraccionamiento por mitades o cuartos de los importes previsto para el día de guardia.
  2.          Tampoco se transfiere en el primer trimestre de cada año natural al Consejo Andaluz de Colegios de Abogados el 75 % de la cantidad total estimada para sufragar las actuaciones profesionales del turno de guardia que hayan de realizarse en el ejercicio económico, como así dispone el artículo 47.

            Indudablemente esos incumplimientos han redundado en perjuicio de los Abogados y sus Colegios, por lo que la modificación que ahora se pretende vendría a agravar asimismo la situación.

             La reducción del montante económico ya se ha venido practicando de facto en los últimos tiempos cuando por ejemplo se han pasado de 68.255 guardas anuales para todo el territorio andaluz en el año 2010 a 64.050 prevista para el 2012, lo que económicamente hablando supone pasar de un gasto de 9.555.700’00 € a 8.967.000’00 €, es decir, esa partida se ha visto disminuida en 588.700’00 €, o lo que es lo mismo, una reducción de más de un 6 %. Pero no se queda sólo en eso la reducción, ya el Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciario también experimentó una importante bajada de 503.700’00 € asignados en 2010, pasó en 2011 a 422.800’00 €, para acabar desapareciendo por falta de renovación del Convenio que establecía tal servicio, por lo que para 2012 y ejercicios venideros dicha partida no se hará efectiva representando pues otro importante ahorro para las arcas autonómicas, lo que también suponía una importante partida de gasto que este año ya se ha ahorrado la Junta de Andalucía y que todo hace prever que se ahorrará en los ejercicios venideros.
                       
            MANUEL DE LA TORRE MARTIN
            CDO. ICAGR 2.860