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lunes, 1 de abril de 2013

REFLEXIONES ACERCA DEL ANTEPROYECTO LEY ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA



     El Consejo de Ministros aprobó el día 11 de Enero de 2013 el Anteproyecto de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita que el Ministerio de Justicia había elaborado, poniendo con ello fin a la sucesión de varios borradores que la habían precedido, e iniciando su tramitación para su previsible e inminente aprobación parlamentaria. El Ministerio de Justicia nos vendía las bondades del Anteproyecto mediante un Informe en el que se afirmaba que el mismo cuenta que las siguientes ventajas:


  1. Amplía el número de beneficiarios y se incrementan los umbrales de acceso y los colectivos que podrán acceder a este servicio.
  2. Se garantiza el derecho a la tutela judicial efectiva al asegurar que nadie deje de acudir a los Tribunales por carecer de recursos.
  3. El umbral para acceder a la justicia gratuita pasa de dos veces el Salario Mínimo (14.910,28 euros) a 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) (15.975,33 euros).
  4. En familias de cuatro o más miembros la referencia pasa a ser el triple del IPREM (19.170,39 euros).
  5. Circunstancias especiales, familiares, de salud o de discapacidad tendrán cobertura con ingresos de hasta cinco veces el IPREM (31.950,65 euros).
  6. Las víctimas de violencia de género, terrorismo y trata de seres humanos, así como los menores y discapacitados víctimas de abusos, tendrán derecho a la justicia gratuita independientemente de sus rentas.
  7. También las víctimas de accidentes con secuelas permanentes que reclamen indemnizaciones por daños.
  8. Se incrementan los controles para evitar abusos y fraudes.
     Tras dicho trámite, el Gobierno ha aprobado el Real Decreto-Ley 3/2013, de 22 deFebrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita, cuyo Artículo 2 viene a adelantar parte de la regulación del Anteproyecto ante los efectos que estaba produciendo la aprobación de la Ley de Tasas.
     El Consejo General de la Abogacía Española emitió su Informe con fecha 19 de Febrero de 2013, en el que lisa y llanamente se procede a analizar de forma pormenorizada cada uno de los preceptos contenidos en el Anteproyecto, proponiendo en algunos casos una redacción alternativa.
   El 28 de Febrero pasado el Consejo General del Poder Judicial aprobó su Informe acerca del Anteproyecto de la Ley de justicia gratuita, siendo en términos generales más crítico que el emitido por la Abogacía.
     Con independencia de los dos Informes a los que he hecho referencia ha habido críticas y propuestas desde muchos y variados sectores de la sociedad. Así, por ejemplo, la Asociación Nacionalde Víctimas de Delitos Violentos dirigió una queja al Ministerio interesandoque la asistencia jurídica gratuita se extendiera a a todas las víctimas dedelitos violentos, incluidos familiares, cónyuges y parejas; y, en especial a las víctimas más vulnerables.
     Desde la aprobación del Anteproyecto han sido muchas las voces críticas que se han pronunciado en contra del mismo, incluso con mucha más contundencia que la que haya podido expresar el Consejo General de la Abogacía Española. Desde mi modesto punto de vista, que ya hice llegar al propio Consejo, se está desperdiciando una oportunidad para hacer llegar al legislador las reivindicaciones, propuestas e inquietudes de los profesionales que prestamos día a día la Asistencia Jurídica Gratuita.
   Para empezar cuestiono la virtualidad de aprobar una nueva Ley, cuando lo que realmente se está haciendo es una modificación de la Ley 1/1996, ya que su estructura, su contenido y su sistemática son casi idénticos. Por lo tanto, la primera crítica es la de la inoportunidad de aprobar una nueva Ley para regular el derecho de Asistencia Jurídica Gratuita constitucionalmente consagrado. Probablemente sí que hubiese sido más acertado elevar el rango de Ley ordinaria al de Ley Orgánica por afectar a derechos fundamentales constitucionalmente reconocidos y así sí que hubiese sido razonable la aprobación de un nuevo texto legal distinto al actualmente vigente.
     También pongo en tela de juicio tal opción (redacción de nueva Ley en lugar de modificación) pues de esa manera se hace desaparecer cualquier mínima alusión que hasta la presente se hacía al carácter que debían tener las retribuciones. Así la Exposición de Motivos de la Ley 1/1996 establece un principio que, aunque nunca ha llegado a llevarse a efecto, viene a ser la única alusión legal a la forma en que los Abogados y Procuradores han de ser retribuidos por sus servicios. Así imponía a todos los poderes públicos “el principio de que el servicio de asistencia jurídica gratuita esté digna y suficientemente remunerado, haciéndose efectiva su retribución en plazos razonables”. El Anteproyecto no hace la más mínima alusión a dicho principio, y sí hace especial referencia a la situación actual y a principios de eficiencia en la asignación de recursos, aludiendo en no pocas ocasiones a la actual coyuntura económica de crisis. De esta forma, el legislador viene a primar el ajuste presupuestario frente a la dignificación y puntualidad en el pago de los servicios de Asistencia Jurídica Gratuita. Sería un auténtico fracaso permitir que desaparezca del texto legal cualquier alusión al carácter de retribución digna y suficiente.
     Entrando ya en lo que es la Ley en sí misma, y sin perjuicio de que comparta plenamente las alegaciones que se efectúan por el Consejo General de la Abogacía Española en su Informe del Anteproyecto de Ley, considero que ya que se aborda una profunda y sustancial reforma de la regulación legal de la Asistencia Jurídica Gratuita, se ha quedado muy corto en cuanto a la posibilidad de introducir en el texto legal reivindicaciones tradicionales de los Abogados que prestamos tales servicios.
     En primer lugar entiendo que en este momento la Abogacía ha de exigir que la norma que regule la ya que se aborda una profunda y sustancial reforma de la regulación legal de la Asistencia Jurídica Gratuita recoja de forma expresa, clara y tajante la obligatoriedad de que los servicios sean retribuidos de forma digna y suficiente. Y me refiero a que ello se recoja en su articulado y no como ahora en la Exposición de Motivos de la actual Ley. Ya es hora de que dejemos de avergonzarnos por exigir que las retribuciones sean equiparables en gran medida a los honorarios profesionales. La Asistencia Jurídica Gratuita no es la ONG de los Abogados, sino un deber de la Administración para con los ciudadanos y cuyo peso no debe recaer sobre la Abogacía como tradicionalmente ha venido y viene sucediendo, y como así no ocurre en otros servicios públicos como pueden ser la sanidad, la enseñanza, etc.…
     Es inaceptable que la Ley imponga la obligatoriedad de llevar a cabo ciertas actuaciones profesionales con la posibilidad de que las mismas queden sin retribuir porque al interesado se le deniegue el derecho. ¿Por qué no se establece la posibilidad de que la Administración se subrogue en los derechos de los Abogados? Es una aberración que el Abogado tenga que asumir el riesgo de no cobro por el hecho de que se deniegue al interesado el beneficio, no pudiéndose negar a llevar a cabo cuantas actuaciones sean necesarias hasta tanto se dicte resolución. Tal y como viene configurada la retribución, ésta es una subvención que corresponde al ciudadano y, por tanto, será éste el que habrá de proceder a la devolución de lo percibido a la Administración en caso de denegación o revocación. Enlazo este tema con el de la falta de retribución de ciertas actuaciones por mero capricho del legislador, tales como recursos de reforma en la vía penal, recursos de revisión o reposición en la jurisdicción civil, ejecuciones (en todas las jurisdicciones), nulidades, incidentes, etc. … Si el legislador quiere que el beneficiario tenga las mismas oportunidades que el que no lo es, debe retribuir todas y cada una de las actuaciones que los profesionales intervinientes hayan de acometer, pues en caso contrario podría producir desigualdad de oportunidades y un desequilibrio procesal no deseable.
     Este Anteproyecto hace especial mención a la asistencia a la víctimas de violencia de género, lo cual me parece plausible; pero más plausible lo hubiese sido si también se hubiera dado cobertura a la asistencia jurídica a las personas internas en centros penitenciarios, no sólo para el asesoramiento de su expediente penitenciario sino para cualquier asunto de toda índole, tal y como se venía haciendo en Andalucía hasta Marzo de 2012.
     No quiero dejar de lado otro tipo de reivindicaciones de los Abogados de Oficio como pueden ser las de dotarnos de unas coberturas sociales y asistenciales, o de unos medios materiales para trabajar en igualdad de condiciones de las demás partes procesales. Probablemente dichas peticiones deberían ser atendidas por las Comunidades Autónomas que tienen transferidas competencias en la materia, pero no estaría de más que la Ley estableciera unas bases o mínimos indispensables, para su desarrollo posterior.
     En conclusión, considero que el Anteproyecto no debe ser aceptado por la Abogacía en modo alguno por no recoger ninguna de las peticiones que se han venido haciendo prácticamente desde que se aprobó la Ley 1/1996, llegando incluso a suponer un retroceso en algunos aspectos, tal como el que se nos impongan unas mayores cargas burocráticas, tanto a los Colegios como a los Abogados. Por tanto, en mi opinión, se debería rechazar de plano el Anteproyecto ya que no supone ningún avance en la dignificación de la figura del Abogado de Oficio.

jueves, 12 de abril de 2012

VOTO DE CONFIANZA

En los últimos días asisto atónito al devenir de los acontecimientos en todo aquello que se refiere al Turno de Oficio y la Asistencia Jurídica Gratuita.

El día 7 de Marzo pasado hubo una concentración de los Abogados de Oficio de Granada a las puertas del Edificio Judicial de La Caleta, concentración que a su vez se produjo en otras tantas localidades de la provincia y del resto de Andalucía. Dichas concentraciones en modo alguno fueron respaldadas por los representantes colegiales.

El Decano de Córdoba, en una clara muestra de oportunismo puro y duro, hace un amago de rebeldía y simula que le enseña los dientes a la Junta de Andalucía y así convoca a sus colegiados a una serie de concentraciones periódicas y amenaza con la suspensión del Servicio de Orientación Jurídica hasta tanto no se atiendan las reclamaciones (de los de Oficio se entiende).

Pocos días después, para ser exacto, el día 22 de Marzo (tres días antes de las elecciones) se manda a todos los colegidos granadinos una circular de forma sorpresiva que bajo el epígrafe “La Junta de Gobierno Informa”, se nos comunica que en su sesión del día anterior se “acordó mostrar públicamente su preocupación por la grave situación que atraviesa el Turno de oficio y la Asistencia Jurídica Gratuita en Andalucía y su más absoluto rechazo al sistemático retraso por la consejería de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía en el pago de los servicios profesionales prestados por los abogados, que acumula al día de la fecha un año”. Y a renglón seguido se lanza la siguiente amenaza:

Si a partir del día 15 de Abril, no se hubieran atendido nuestras reclamaciones y se regulariza la situación, se considerará el suspender el Servicio de Orientación Jurídica, no realizándose designaciones de abogado, salvo en supuesto penal y en aquellas urgentes o de especial gravedad, o en aquellas que se pudieran perjudicar acciones de los justiciables.

“P’a echarse a temblar”. Seguro que al Consejero de Gobernación y Justicia le ha costado más de una noche de desvelo y no pocos quebraderos de cabeza.

Pues bien, llegan las elecciones andaluzas y, contra todo pronóstico, quien previsiblemente parecía que iba a gobernar según todas las encuestas, resulta que no obtiene la mayoría suficiente para ello y nos encontramos con que el panorama político andaluz sustancialmente parece que va a seguir siendo, si no el mismo, sí algo muy similar.

En la Junta General del ICAGR celebrada el pasado día 28 de Marzo, justamente tres días después de las elecciones andaluzas, por lo que ya eran sobradamente conocidos por todos los resultados de las mismas, el Decano de Granada reafirma ante dicha Junta General el acuerdo de suspensión del Servicio de Orientación Jurídica a partir del día 15 de Abril, como ya acordara la Junta de Gobierno y así se le comunicara a los miembros de la Corporación. Y ello frente a la propuesta elevada a la Junta General por algunos compañeros de retomar las medidas adoptadas el día 16 de Septiembre, propuesta que no llegó ni tan siquiera a ser debatida, pues la Junta de Gobierno se cuidó bien de anunciar que de salir adelante la misma sería ella misma la encargada de impugnarla ante ese Organo imparcial, transparente y ecuánime que es el CADECA. Pero lo curioso del asunto (por lo que más delante explicaré) es que ya celebradas las elecciones y ya conocidos los resultados la Junta de Gobierno seguía manteniendo su acuerdo y la fecha límite del 15 de Abril.

Por su parte, el Decano de Córdoba decide suspender la concentración prevista para el día 4 de Abril y las demás medidas previstas para el día 11 mediante un comunicado que rezaba del siguiente tenor:

"La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Córdoba, en sesión celebrada el pasado 28 de marzo, ha acordado el APLAZAMIENTO de las movilizaciones previstas con objeto de dar a conocer a la sociedad la grave situación que atraviesa el Turno de Oficio y la Asistencia Jurídica Gratuita. Hasta el momento, y a la espera de que se produzca la formación del nuevo Gobierno Andaluz, se considera que no existe un interlocutor al que plantear las reivindicaciones, en tanto no sea ratificada la actual Directora General de Justicia o se produzca un nuevo nombramiento."

El tufillo llega hasta Granada y, efectivamente, el Decano granadino anuncia el día 10 de Abril, ahora en prensa, lo siguiente:

“… No obstante, y dado el cambio que se producirá previsiblemente en la Consejería tras las elecciones autonómicas del 25 de marzo, los abogados de los cuatro colegios están valorando dar "un voto de confianza" al nuevo Gobierno andaluz y esperar "un tiempo" para que afronten los pagos…”. (Ideal 10/04/2012)

Y usa dos expresiones que quiero resaltar: la primera, “voto de confianza”. ¿Un voto de confianza? ¿Acaso hasta ahora hemos venido hostigando tan duramente a la Consejería que no la hemos dejado ni siquiera respirar y por ello hay que dejar que coja aire? Quiero recordar que esa fue la razón por la que la suspensión acordada en Septiembre y prorrogada hasta Noviembre no se hubiese prolongado más en el tiempo. Pero es más, entre las principales reivindicaciones está la de obtener asistencia sanitaria pública para los Abogados de Oficio, y se nos acalló con la milonga de que la Ley 33/2011 de 4 de Octubre de 2011 General de Salud Pública ya reconocía tal derecho, si bien quedaba supeditado a su posterior desarrollo reglamentario en el plazo de seis meses (Disposición Adicional 6ª), plazo que precisamente habría concluido el pasado día 5 de Abril. Es decir, que nos quedamos otra vez con la miel en los labios y de nuevo se nos vuelve a engañar por parte de los poderes públicos. Y aquí es donde entra la segunda expresión, “esperar un tiempo”. ¿Más tiempo? ¿Es que realmente los Abogados de Oficio hemos sido poco pacientes? Pues no, más bien todo lo contrario, porque nos puede pasar una apisonadora por encima y ni rechistamos, somos el colectivo más conformista que conozco, dando muy mal ejemplo a nuestros clientes cuando ven que no defendemos lo nuestro.

A todo esto,el Grupo de Abogados de Turno de Oficio y A.J.G. que se creó hace menos de un año en el seno del ICAGR y del que tengo el honor de presidir, no ha tenido la más mínima, no digo ya intervención, sino ni tan siquiera información de los distintos acuerdos adoptados.

Así pues, y ya para ir concluyendo, nos encontramos ahora ante una situación de total indefinición, a la espera de ver quien ocupará el cargo, que por la reacción de los Decanos mucho me temo que va a ser para una persona muy allegada, y por ello hay que ir haciendo la cama por si las moscas. ¿Lo pillais? Pues blanco es y la gallina lo pone

martes, 13 de marzo de 2012

ABOGADOS PRO BONO

¿Qué se esconde tras el calificativo de Abogado pro bono? Pues la verdad es que a estas alturas poco sabemos acerca de ello. De hecho, la mayoría de los Compañeros no tienen la menor idea de qué se trata. Y no, no es una plataforma de Letrados a favor del anterior Presidente del Parlamento y ex presidente de la Junta de Castilla-La Mancha Don José Bono; como tampoco lo es favor del cantante y guitarra del grupo irlandés U-2.No tiene nada que ver al parecer. Yo me confieso también un absoluto ignorante de qué quiere decir, hasta que, haciendo averiguaciones, encuentro una definición (que no es la de wikipedia) en la página web del Colegio de Abogados de Madrid y que viene a arrojar bastante luz sobre el latinajo:


Y la verdad es que lejos de apartar mis dudas, esa definición ha venido a confundirme pues hasta la presente pensaba que toda prestación voluntaria de asesoramiento jurídico gratuito de personas o entidades necesitadas era precisamente lo que comúnmente denominamos Asistencia Jurídica Gratuita, expresamente regulada en la Ley 1/1996, de 10 de Enero de Asistencia Jurídica Gratuita. Se da plena identidad en cuanto al objeto (asesoramiento o asistencia jurídica), los sujetos beneficiarios en ambos casos (personas o comunidades o entidades necesitadas, menos privilegiadas, en definitiva personas sin recursos- Artículo 2 LAJG-) y, por último, respecto a la gratuidad.

Entonces, yo me pregunto ¿qué diferencian una y otra prestación? Pues la única diferencia que yo apreciaría a priori es que el Abogado pro bono no percibiría ni un céntimo por su trabajo, ya que el mismo se prestaría de una manera totalmente altruista; mientras que el Abogado de Oficio está digna y suficientemente remunerado (Exposición de Motivos de la Ley 1/1996 de AJG). Pues sigo sin entenderlo, porque la realidad nos llevaría a pensar que todos los Abogados de Oficio podrían ser calificados como Abogados pro bono y a la inversa, vistas las  tan exiguas retribuciones de los de Oficio, que en absoluto tienen nada de dignas y suficientes, y máxime con las demoras con las que se vienen haciendo efectivas principalmente en los últimos tiempos.

Pues sí, cada vez lo entiendo menos y, para colmo de mis males, menos cuando hace unos días leí la noticia aparecida en cincodias.com cuyo titular anunciaba que "El CGAE crea un registro para los “abogados pro bono”. Mi curiosidad, que es infinita, me lleva a indagar y lo primero que consulto es la página del CGAE, y su revista digital abogados.es. Y efectivamente, ahí está una primera noticia aparecida en Febrero del año pasado: El CGAE y Transparencia Internacional ponen en marcha el Registro nacional de abogados y abogadas "pro bono”. Pero mi curiosidad, lejos de ser saciada con dicho artículo va más allá aun, y se pregunta ¿Quién co … está bajo ese nombre tan rimbombante de Transparencia Internacional España? Pues a seguir investigando, que para eso Internet es una herramienta como ninguna y …, ¡¡¡premio!!!, mi curiosidad recibía su correspondiente recompensa cuando veo una segunda noticia aparecida en la revista antes indicada unos meses después de la primera sobre el mismo asunto, pero con una imagen bastante ilustrativa: detrás de todo esto no hay más que grandes despachos de Abogados, cuyos titulares se frotan las manos (aunque en la imagen no se vea) de tanto altruismo, abnegación, desinterés, liberalidad, y magnanimidad que rebozarán esos grandes despachos, por supuesto a través de sus curritos de turno.

Fuente: http://www.abogados.es/portalABOGADOS/printPortal.do?urlPagina=/S005024001/1309267010407_es_ES.html
 Pues sí, al final va a ser que el Abogado pro bono es aquel currito de gran despacho que por unos míseros euros echa más horas que un reloj. Luego la conclusión es que Abogado de Oficio y Abogado pro bono confluyen, en tanto en cuanto ambos trabajan muchas horas, por una mísera retribución, para unos justiciables sin recursos; y solamente difieren en que los casos que se les asignarán a unos y otros. Así los primeros llevarán toda la morralla que no quieran los grandes despachos y éstos tan sólo escogerán los casos que den renombre y lustre a la empresa. Ese podría ser uno de los primeros objetivos, pero hay otros más a largo plazo y que podrían consistir en ir minando de forma paulatina la AJG tal y como está configurada en la actualidad, para así poco a poco ir asumiendo su contenido por esos macrodespachos hasta el punto de que en su día se hagan plenamente indispensables para el Estado por agotamiento del Abogado de Oficio tradicional.

Si lo llego a saber antes no hubiese indagado tanto y hubiese preferido imaginar que los Abogados pro bono eran una plataforma de Compañeros fans del cantante o a favor del político, porque el panorama que se esconde detrás de esa incipiente institución no me lleva más que a pensar que se trata de una puerta abierta a la privatización de la justicia de los pobres. Ojalá esté equivocado.

MANUEL DE LA TORRE
PRESIDENTE FORO DE ABOGADOS INDEPENDIENTES DE GRANADA

jueves, 8 de marzo de 2012

Propuesta a someter a la Junta General del ICAGR

En el día de hoy ha sido presentado en el registro del Ilustre Colegio de Abogados este escrito suscrito por varios colegiados y en el que se interesa la adopción de acuerdos en relación a la situación del Turno de Oficio. Dichos acuerdos habrán de deliberarse y adoptarse en la Junta General a celebrar dentro del primer trimestre del año, es decir, antes del 31 de Marzo


viernes, 2 de marzo de 2012

CONCENTRACION DIA 7 DE MARZO A LAS 12.00

Ante la situación de total desprotección en la que nos encontramos los Abogados que prestamos los servicios de Asistencia Jurídica Gratuita, los reiterados incumplimientos de sus obligaciones por parte de la Consejería de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía y la carga que supone para todos los Abogados el sostenimiento de la infraestructura; sin que los Colegios de Abogados o el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados hagan algo para poner remedio a la situación. Por eso, estés o no estés adscrito al Turno de Oficio debes asistir a esta concentración:


DIA 7 DE MARZO DE 2012
HORA: 12.00 - 12.30
CORDOBA: PUERTAS DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA

GRANADA: FRENTE A EDIFICIO JUDICIAL "LA CALETA" en Granada capital; y en el resto de Partidos Judiciales frente a los Juzgados

HUELVA: PALACIO DE JUSTICIA

JAEN: FRENTE AUDIENCIA PROVINCIAL

SEVILLA: PLAZA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL

En Granada, distintos momentos de la Concentración a las puertas del Edificio Judicial de La Caleta. Esperemos que esto sea el inicio de un camino hacia la unidad de acción de los Abogados de Oficio, porque ahora hemos de estar más unidos que nunca

En Baza también hubo Concentración. Animo Compañeros

jueves, 23 de febrero de 2012

LA CRUZ DE LOS ABOGADOS DE OFICIO

¿Cómo se podría calificar la actitud de los representantes institucionales de la Abogacía? Pues la verdad es que ya es difícil encontrar un calificativo que le dé plena cobertura. Lo de vergonzante se quedó hace ya tiempo muy cortito.

El penúltimo de los capítulos que por entregas nos hacen nuestros más Excelentísimos e Ilustrísimos viene publicado en la obsoleta, caduca e inoperante página web del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados (CADECA) y así reza el titular: El Presidente del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, Excmo. Sr. Don José Rebollo Puig, recibe la Gran Cruz al Mérito en el Servicio de la Abogacía”. Vaya por delante y ante todo mi profundo respeto hacia la persona de José Rebollo, el cual tuve el honor de conocer personalmente en el Congreso de Abogados de Turno de Oficio celebrado en su ciudad, Córdoba, los primeros días de Julio. Sin embargo, he de mostrar mi total rechazo por el hecho de otorgar la máxima condecoración de la Abogacía española sin que se hagan públicos los méritos del galardonado, que posiblemente sean muchos e importantes, pero que en modo alguno han trascendido al colectivo, salvo que se esté premiando el mero hecho de haber ostentado el cargo de Decano de un Colegio en un determinado momento, así como el de que actualmente sea el Presidente del CADECA. Por lo demás desconozco los méritos del Excelentísimo y, por el contrario, sí que conozco los deméritos del mismo y que fundamentalmente los podría resumir en el total abandono de los intereses y derechos de los Abogados que prestan el servicio de Asistencia Jurídica Gratuita. Efectivamente, como máximo responsable de la Abogacía andaluza no ha salido (o al menos que se sepa) ni en una sola ocasión en defensa de los Abogados de Oficio con la que nos está cayendo y con la que cayó en el mes de Septiembre cuando el Colegio de Abogados de Granada adoptó los acuerdos de suspensión en Junta General. Lejos de apoyar las medidas adoptadas, desautorizó los acuerdos válidamente adoptados en Granada, así como favoreció que los Abogados granadinos quedásemos en entredicho ante la opinión pública frente al cúmulo de mentiras y falsedades que se dijeron por parte, no sólo de los responsables políticos (lo cual podría incluso justificarse desde su postura), sino también de algún miembro del Consejo y que casualmente preside la Comisión de AJG en su seno.

Así, duele a los ojos ver cómo mientras la Abogacía, al menos la Abogacía de Oficio andaluza, se va desangrando poco a poco por las profundas heridas que la Consejería de Gobernación y Justicia le ha provocado, con la plena y total compliciad por omisión de los máximos responsables profesionales, éstos son objeto de las máximas distinciones y honores de la profesión. Por eso, no caben ya calificativos para definir la situación, porque lo de indignante o vergonzante son términos que ya han sido más que superados. La Cruz, la verdadera Cruz es la que llevamos los Abogados de Oficio las veinticuatro horas de todos los días del año, y no esas distinciones ya de por sí muy devaluadas.

Todo esto no hace más que poner en tela de juicio la ya de por sí cuestionada necesariedad de los Colegios Profesionales, Consejos Autonómicos y demás entes "paranormales"; y la posibilidad de que los Abogados, en un momento dado, actúen al margen de los entes corporativos con medidas que podrían ser dolorosas para todos.

martes, 14 de febrero de 2012

AÑO ROMANO


Hace ahora justo un año que se nos anunciaba a bombo y platillo el gran éxito obtenido por nuestros representantes colegiales andaluces con el anterior Consejero de Gobernación y Justicia Don Luís Pizarro, y así los publicamos en este espacio bajo el título de UN PEQUEÑO PASO PARA EL HOMBRE, UN GRAN SALTO PARA LA HUMANIDAD, no sin dar nuestra visión crítica del tan cacareado acuerdo.

Pues bien, ya ha pasado un año desde aquel histórico acuerdo y el tiempo, lejos de quitarnos la razón, no ha hecho más que confirmar lo que en su día sospechábamos: ahora los impagos no son trimestrales, sino mensuales; y el caos que se ha generado hace que pocos sepan lo que han cobrado y lo que les queda por cobrar. TODO UN ÉXITO.

Pero es que a lo mejor a nuestros representantes colegiales no se les pasó por la cabeza leer la letra pequeña del acuerdo y es que cuando el Consejero propuso hacer pagos mensuales, se estaba refiriendo a los meses que componían el calendario romano, que acababa en diciembre y empezaba en marzo. ¿Será esa la razón por la que el último pago de A.J.G. se hizo efectivo a mediados de diciembre del año pasado y ya no percibamos más pagos hasta el primer mes del calendario romano, es decir, en marzo? Y es que el anterior Consejero de Gobernación y Justicia seguramente no actuara de mala fe, sino que como vio que las percepciones de los Abogados de Oficio eran tan exiguas debió llegar a creer que aún estábamos en la antigua Roma y, por error claro está, permitió el acuerdo de los pagos mensuales pero de los diez meses al año, porque pagar doce mensualidades al año podría provocar un enriquecimiento injusto para los Abogados de Oficio.

Pues si, lo anterior sería la única explicación, un tanto rocambolesca, que cabe para que, llegados a los términos que hemos llegado, nos encontremos con que en lo que va de año no hayamos percibido ni un mísero céntimo de nuestro trabajo realizado precisamente desde marzo a diciembre del año pasado (justo otro año romano), y sin perspectivas para ello. Y lo peor de todo es que esos representantes colegiales siguen mirando hacia otro lado en flagrante incumplimiento de sus obligaciones hacia sus compañeros. Es incomprensible que nadie alce la voz para protestar por la situación en la que estamos los Abogados de Oficio, habiendo incluso consentido que se nos deje a la altura del betún cuando en Granada se adoptaron las medidas de suspensión. ¿A que esperan los Decanos de los once colegios andaluces para defender a sus colegiados?

martes, 31 de enero de 2012

ACUERDO DEL ICALI (ALICANTE) DE SUSPENSION DE SERVICIOS DE AJG

La Junta de Gobierno del Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Alicante en su sesión celebrada el día 30 de enero de 2012, y ante la problemática surgida con la Consellería de Justicia por la modificación unilateral de los baremos de retribución de los abogados por los servicios de Turno de Oficio y Asistencia al Detenido aprobada en la Orden 2/2012, adoptó, por unanimidad, las siguientes medidas:


PRIMERA.- A partir del día 6 de febrero, en relación con los servicios que se vienen prestando, y durante un período inicial de dos meses, prorrogable, y sin perjuicio que la Junta de Gobierno pueda adoptar otras medidas que reorganicen el número de letrados que han de prestar los servicios, y las funciones que se le asignen, acordar:

El servicio de atención al público, tanto a particulares como a Juzgados, en el Servicio de Orientación Jurídica de Alicante se prestará exclusivamente los jueves de 9:00 a 13:30 horas. En las Delegaciones dicho servicio tendrá carácter quincenal conforme al siguiente calendario:
1.- Delegaciones de Villajoyosa-Benidorm, Denia, Elda, Ibi, San Vicente: Los miércoles 8 y 22 de febrero y 7 y 21 de marzo, de 9:30 a 13:30 horas.

2.- Delegación de Villena: los miércoles 8 y 22 de febrero y 7 y 21 de marzo, de 9:00 a 13:00 horas.

3.- Delegación de Novelda: Los jueves 9 y 23 de febrero y 8 y 22 de marzo, de 9:30 a 13:30 horas.

El servicio de Guardia-Asistencia al Detenido e Imputado, se centralizará a través del personal del Colegio (Alicante y Delegaciones) en horario laboral y fuera del mismo por medio de letrados coordinadores. Los centros de detención y órganos judiciales no podrán dirigirse directamente a los letrados designados debiendo atenerse al nuevo protocolo temporal establecido.
En las Delegaciones con un solo letrado de guardia no se podrá prestar el servicio de asistencia a las Víctimas de Violencia de Género. Cuando la víctima solicite ejercer la acusación particular a través de abogado de oficio, el Juzgado competente oficiará al siguiente nº de fax: 965 10 29 04 y se procederá a su cumplimentación.
El SOJ Penitenciario -tanto de Alicante como de Villena- se prestará exclusivamente los últimos miércoles de mes (29 de febrero y 28 de marzo).
Supresión del servicio Punto de Encuentro y guardia en los Puntos de Encuentro Familiar (San Vicente, Elda y Benissa).
En cuanto a los expedientes de justicia gratuita, no se realizará designación provisional de abogado de oficio hasta que la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita haya emitido la resolución definitiva concediendo la misma. Excepción hecha de los supuestos relativos a despido, reclamación laboral, recurso contencioso-administrativo y oposición a juicio de desahucio, que son los previstos por la Ley.
Respecto a las declaraciones y comparecencias realizadas ante los Juzgados de Instrucción así como en el resto de actuaciones judiciales dimanantes del Turno de Oficio en las que la ley exija la presencia tanto de Juez como de Secretario, se insta la escrupulosa observancia de los arts. 229.2 y 453.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y caso contrario solicitar la suspensión o aplazamiento del acto.
Se recuerda el contenido del art. 520.4 de la LECrim, a fin de que el abogado actúe discrecionalmente y de conformidad con las normas éticas y deontológicas, en este contexto el abogado contará en todo momento con el respaldo colegial.
El ICALI desea manifestar que en la adopción de estas legítimas medidas se ha tenido en cuenta, en todo momento, aunar la defensa de los derechos de los letrados, con la salvaguarda de los derechos de los justiciables, tratando de causar el menor perjuicio para los mismos.

Además de ello, el ICALI actúa en todo caso de conformidad con el art. 26.3 del RD 996/2003 de 25 de julio por el que se aprueba el REGLAMENTO DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA, modificado por el RD 1455/2005 de 2 diciembre, el cual dispone que: "La organización de los servicios (asistencia letrada de oficio) deberá garantizar su continuidad y, cuando el censo de profesionales lo permita, la especialización por órdenes jurisdicciones, atendiendo a criterios de eficiencia y funcionalidad en la aplicación de los fondos públicos puesto a disposición, velando por la distribución objetiva de turnos y medios."

SEGUNDA.- Exhortar al mayor número de letrados, adscritos o no al Turno de Oficio, a participar tanto en la concentración autonómica que tendrá lugar el próximo viernes 3 de febrero en Valencia frente al Palau de la Generalitat, a las 13:00 horas, como en la que se ha de celebrar en Alicante el miércoles 8 de febrero, a las 12 horas, ante el Palacio de Justicia.

TERCERA.- Exigir unas instalaciones y condiciones de trabajo apropiadas que permitan desarrollar las funciones de los abogados del Turno de Oficio en defensa de los derechos de los justiciables con total dignidad.

CUARTA.- Insistir en el reconocimiento efectivo y pleno del derecho a una asistencia sanitaria universal y gratuita para todo el colectivo.

QUINTA.- Convocar Asambleas informativas, a la mayor brevedad, tanto en Alicante como en el resto de Delegaciones, para que la Junta de Gobierno explique a los letrados adscritos al Turno de Oficio, y a los demás colegiados que deseen asistir, el contenido de las medidas adoptadas y el desarrollo de las mismas. La fecha de celebración de estas Asambleas informativas se comunicará debidamente.

SEXTA.- Adherirse de manera incondicional al recurso contencioso-administrativo instado por el Consejo Valenciano de Colegios de Abogados contra la Orden 2/2012, de 17 de enero, de la Consellería de Justicia y Bienestar Social, que modifica el Baremo aprobado por Decreto en 2005, junto con la medida de suspensión cautelar de la mencionada Orden.

SEPTIMA.- Reprobar por inadecuadas, impropias e injustas las manifestaciones vertidas en diferentes medios de comunicación por el Conseller de Justicia, Sr. Cabré, respecto a la labor desarrollada por los abogados del Turno de Oficio, a las que se añaden valoraciones vejatorias para con la profesión, que en nada contribuyen a mejorar las relaciones institucionales.
FUENTE: icali.es

viernes, 27 de enero de 2012

ACUERDO DEL ICAV DE SUSPENSION DE SERVICIOS DE AJG

La Junta de Gobierno, en su reunión del 25 de enero de 2012, ante el impago de las retribuciones de los abogados del turno de oficio ya devengadas  desde abril de 2011 y la imposición de un recorte de más del 30 % en los baremos retributivos para el año 2012, ha acordado, por unanimidad, la adopción de las siguientes medidas:
PRIMERO.- En relación a los servicios, para intentar adecuar su coste a los recortes aprobados por la Conselleria de Justicia y durante todo el mes de febrero, y sin perjuicio de su prórroga:
1.- Suspender el Servicio de Orientación Jurídica del Registro Civil de Valencia.
2.- Mantener la suspensión del Servicio de Orientación Jurídica de Inmigración (SOJI), acordada el 1 de enero de 2012 ante el impago de la retribución correspondiente a todo el año 2011.
3.- Dos abogados prestarán el Servicio del SOJ en la Ciudad de la Justicia de Valencia, únicamente de lunes a jueves.
4.- Suspender el S.O.J. - DEPENDENCIA.
5.- Suspender el S.O.J.- PENITENCIARIO.
6.- Suspender el Servicio “Cárcel” prestado en el Centro Penitenciario de Picassent.
7.- Los letrados del turno de extranjería de guardia dejarán de  acudir los  martes y jueves por la mañana al Establecimiento Penitenciario de Picassent para atender los supuestos de incoaciones de Procedimiento Sancionador.
8.- Suspender los servicios de los Puntos de Encuentro Familiar que no son objeto de convenio con Ayuntamientos.
9.- Durante la prestación de los Servicios de Guardia todas las llamadas se realizarán directamente al Coordinador, que se encargará de distribuir las asistencias entre los abogados de guardia. Para ello se suprimen de los listados de guardia los números de teléfono de los compañeros que se encuentren de servicio y será únicamente el Coordinador el que tendrá acceso a dichos números.
10.- El Servicio de Guardia-Asistencia al detenido quedará en suspenso los martes, desde las 10 hasta las 14 horas, excepto para aquellas asistencias que por su carácter grave o urgente a juicio del Coordinador deban prestarse en ese intervalo.
11.- Los abogados que asistan a detenidos en los Centros de Detención exigirán entrevistarse con el detenido en una dependencia que salvaguarde el secreto de las comunicaciones entre el abogado y el detenido.
12.- Los abogados que intervengan en actos judiciales en los que la Ley exija la presencia del Juez y del Secretario Judicial deberán solicitarla  y si no fuere posible pedirán la suspensión o el aplazamiento del acto.
13.- Mientras la Comisión de Justicia Gratuita no reconozca al justiciable el derecho a la asistencia jurídica gratuita, no se realizará la designación del abogado de oficio, ni siquiera con carácter provisional, salvo casos excepcionales previstos en la Ley.
SEGUNDO.- Instar a todos los abogados del ICAV a participar en la manifestación-concentración ante el Palau de la Generalitat Valenciana convocada por el CVCA, que se celebrará el viernes 3 de febrero a las 12:30 horas, para denunciar el impago de las retribuciones correspondientes a los abogados del turno de oficio por los servicios prestados a partir del 1 de abril de 2011, rechazar la Orden de la Conselleria de Justicia que ha impuesto un recorte superior al 30 % de los baremos congelados desde el año 2005 y censurar la conducta y las declaraciones del Conseller de Justicia, del Secretario Autonómico de Justicia y del Director General de Justicia.
TERCERO.- El ICAV se adhiere al recurso contencioso administrativo interpuesto por el Consejo Autonómico de Colegios de Abogados de la Comunidad Valenciana contra la Orden 2/2012 de 17 de enero de la Conselleria de Justicia y Bienestar Social, que modifica el Baremo aprobado en 2005, instando a dicho Consejo Autonómico a que, en todo caso, solicite como medida cautelar la suspensión de esa Orden 2/2012 mientras se sustancia el recurso.
CUARTO.- Reclamar a la Conselleria de Justicia el pago de todas las cantidades adeudadas desde abril de 2011, incluidos los intereses correspondientes, por la prestación de los servicios del turno de oficio.
QUINTO.- Reclamar condiciones de trabajo dignas para los letrados del turno, tales como asistencia sanitaria y la adecuación de locales de la Administración de Justicia para que puedan atender, asistir y ejercer dignamente el derecho de defensa  de los justiciables.

miércoles, 25 de enero de 2012

NUEVO REGLAMENTO DE AJG PARA ANDALUCIA

Desde aquí, y en mi calidad de Presidente del Grupo de Turno de Oficio y AJG creado en el seno del Ilustre Colegio de Abogados de Granada hace apenas unos meses, quiero poner de manifiesto una serie de extremos acontecidos en los últimos meses en cuanto al funcionamiento del mismo:

En primer lugar, denunciar que se censuró el envío, a través del servidor de correo colegial, de una comunicación de la Junta Directiva del Grupo en la que se adjuntaba un archivo con documento para la recogida de firmas con objeto de solicitar la convocatoria de Junta General Extraordinaria para acordar la reanudación de las medidas acordadas en la de 16 de Septiembre de 2011 y, en su caso, ampliación del horario y días de suspensión del Servicio de Asistencia al Detenido. Dicha comunicación igualmente iba acompañada de sendos archivos correspondientes uno a una plantilla de solicitud de Habeas Corpus y otro de una Sentencia del Tribunal Constitucional referente a dicho procedimiento.

En segundo lugar, poner de manifiesto que la Junta Directiva del Grupo ha tenido conocimiento de la aprobación del nuevo Reglamento interno de AJG del ICAGR por los mismos medios que lo han tenido el resto de colegiados, es decir, a través de la circular de 13 de Enero de 2012. Quiere ello decir que para bien o para mal el Grupo no ha tenido intervención alguna en la elaboración del referido Reglamento, pese a que lo lógico es que para éste tipo de cuestiones se consulte al Grupo, pues esa es una de sus principales razones de ser. Por este motivo, en la pasada reunión de la Junta Directiva del día 20 de Enero, uno de sus miembros formuló de forma irrevocable su dimisión.

Y en tercer lugar, y no por ello con menos importancia, nos encontramos con que la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Gobernación y Justicia ha elaborado con fecha de 28 de Diciembre de 2011, un borrador de Reglamento de AJG para Andalucía, del que oportunamente se ha dado traslado para que formule un informe con alegaciones al Consejo Andaluz de Colegios de Abogados; el que a su vez, con fecha 20 de Enero pasado, ha trasladado a los distintos Colegios de Abogados andaluces con carácter urgente para que efectúen las observaciones que consideren oportunas antes del 27 de Enero. Pues bien, a la fecha de hoy, 25 de Enero, a falta de dos días del plazo dado por el CADECA, nadie del Ilustre Colegio de Abogados de Granada ha informado de todo lo anterior al Grupo de Turno de Oficio y AJG, y ha sido a través de otros compañeros pertenecientes a otros Colegios de Abogados como ha llegado a mis manos el referido borrador, del que no sabemos si nuestro Colegio hará alguna objeción o no y que conste que le caben bastantes y que, a modo de resumen y por si a alguien le da por elevarlas al CADECA, podría citar las siguientes:

- Impone mayores cargas a los Colegios: notificación fehaciente de la designación provisional al abogado, al procurador y al Juzgado (art. 16.2), creación de una comisión técnica para la segunda opinión (art. 27), elaboración de memoria anual sobre el servicio de orientación jurídica, turno de oficio y guardias (art. 29.3); emisión de dictamen de viabilidad del informe de insostenibilidad (art. 41)
- Continúa pesando sobre el Abogado la denegación del beneficio (art. 19.3, 44 a))
- Se nos sigue obligando durante dos años a tramitar las ejecuciones sin que se prevea su retribución (art. 21.1 y 31.1)
- Se exige que conste la voluntad expresa de recurrir la resolución que pone fin a la instancia (art. 21.3)
- En los supuestos de archivo, denegación o revocación del derecho de AJG nos impide cobrar las actuaciones llevadas a cabo y en caso de haberlas cobrado, se nos obliga a reintegrarlas, pudiendo incluso ser reclamadas por la Administración por la vía de apremio. (art. 23 y 45.2 y 3)
- Se prevé la posibilidad de libre designación de Abogado para los supuestos de violencia de género, sin ninguna limitación en el número de designaciones y sin control.
- Mediante Orden se aprobarán los sistemas de evaluación precisos para prestar el servicio (art. 29.1)
- En cuanto a los criterios a tener en cuenta para determinar el número de guardias que corresponden a cada Colegio se sigue manteniendo el del número de asistencias de forma principal (art. 39). Se excluyen criterios del anterior reglamento como eran : número y extensión de los partidos judiciales, volumen de litigiosidad, o existencia de turnos especiales.
- Se deja en manos de los Colegios la posibilidad de fraccionar el importe de la guardia por mitad o por cuartas partes “con el fin de evitar guardias en las que no se produzca ninguna intervención” (art. 45.1)
- Se consolidad los pagos mensuales determinándose en el 75% del importe del ejercicio anterior, procediéndose trimestralmente a la liquidación.
- Se acortan los plazos para justificar actuaciones, así las guardias se justificarán en 15 días (antes 30) y los turnos de oficio en 30 días (antes tres meses) (art. 47.1 y 2)
- En los supuestos de intervención de dos profesionales en un mismo procedimiento los Colegios habrás de distribuir la cantidad asignada entre ambos (48.2)
- En cuanto a los gastos colegiales de funcionamiento habrán de justificarse documentalmente, no podrán exceder del 8% del importe total cobrado en el ejercicio anterior por AJG (ahora es el 10%), y con unos límites sobre los suministros de las sedes colegiales.


Esperemos que dicho Reglamento no llegue nunca a ver la luz, porque si malo es el que ahora está vigente, el borrador lo supera con creces, lo cual ya era de por sí difícil; aunque me temo que por las prisas con las que van probablemente nos quieran dejar esa herencia los actuales gobernantes autonómicos. Lamentablemente se pierde otra oportunidad de oro para afrontar la temática de la AJG de forma seria y para dignificar la prestación del servicio que en tan precarias condiciones se viene prestando por Abogados y Procuradores.

miércoles, 4 de enero de 2012

JUICIOS BASURA PARA LOS ABOGADOS DE OFICIO

Nuestro nuevo y flamante Ministro de Justicia, Don Alberto Ruíz-Gallardón, a la sazón Notario Mayor del Reino de España, ha lanzado a la opinión pública un globo sonda para ver las reacciones: sugiere, de momento, habilitar el mes de Agosto para descongestionar los maltrechos Juzgados españoles. Y no ha tardado la judicatura en pronunciarse e incluso ir más allá, y así Don Pablo Llerena, portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura, se ha manifestado en cuanto a las pegas formuladas por algún Abogado indeseable respecto a su derecho a las vacaciones calificándolo como "una objeción de patas cortas", pues hay miles de casos en los que los abogados son de oficio, pagados por tanto por el Estado, y "sería fácil pedir a los colegios que organizaran un sistema de turnos" Fuente: ElEconomista.es

Ahora solo faltaría que algún otro iluminado pida habilitar los sábados y los domingos y, ¿por qué no también las veinticuatro horas del día? Y así acabaríamos de una vez por todas con tanta acumulación de procedimientos. Pero eso sí, dejaríamos para esos días y esas horas los Juicios que estén claros, que no tengan complejidad, cuyas sentencias no puedan ser objeto de recurso alguno. Aquellos cuyas sentencias ya están escritas antes de su celebración, aquellos en que el justiciable sea un pobre desgraciado que no tenga donde caerse muerto y se le asigne el correspondiente Abogado y Procurador de Oficio, que para eso están, para esos procedimientos basura que los grandes despachos descartan; y el Juez, pues sería de aquellos que entran por la puerta de atrás, ¡total para lo que hay que juzgar!. Y así los grandes defensores del Estado de Derecho y padres de la patria podrán dormir tranquilos y pregonar a los cuatro vientos que en España los derechos de justiciable están por encima de cualquier circunstancia económica o social, gozando de plena igualdad ante la Ley y ante los Tribunales de Justicia.

Dejemos pues para los grandes Jueces y para los grandes despachos de Abogados los grandes pleitos en que se discutan cuestiones económicas importantes y de gran trascendencia, eso sí, en horarios de 10.00 a 13.00 horas, de lunes a jueves y por supuesto exceptuando festivos y el mes de agosto.

miércoles, 30 de noviembre de 2011

TODOS AL TALEGO

Después de más de dos meses desde que se adoptaron las medidas de suspensión por la Junta General del Colegio de Abogados de Granada de 16 de Septiembre, prorrogadas por un mes más en la de 11 de Noviembre, es decir, concluyendo el próximo día 10 de Diciembre; viene la Junta de Andalucía a poner el grito en el cielo (Fiscalía) y denuncia a los Abogados de Granada. En palabras textuales del Consejero de Gobernación y Justicia el Sr. Menacho:

“Hay alguien que creemos ha hecho una dejación de responsabilidades en un tema muy importante que es privar de un derecho fundamental a un ciudadano, por lo que lo hemos puesto en manos de la Fiscalía porque creemos que es constitutivo de delito”

Menudo trabajo va a tener la Fiscalía, no ya sólo la de Granada, sino las de toda España, si tienen que abrir diligencias a todos aquellos que hagan dejación de sus responsabilidades en perjuicio de los derechos fundamentales de los ciudadanos. A destajo van a tener que trabajar los fiscales.

¿Y si resulta que investigando, investigando la Fiscalía descubre que la dejación de funciones se ha producido precisamente por los responsables de la Consejería, permitiendo que el servicio de Asistencia Jurídica Gratuita se preste en una situación de tal precariedad? O averiguan que los pagos a los Abogados de Oficio son una auténtica miseria y que para colmo se hacen efectivos con mucho retraso, llegando asemejarse a situaciones de esclavitud. O bien que los que han hecho tal dejación de funciones son los responsables de aquellos Colegios de Abogados o Consejos Autonómicos que no han tomado medida alguna para evitar los abusos que se vienen cometiendo a los Abogados de Oficio y que con su silencio han coadyuvado a la vulneración de sus derechos, que algunos tendrán y también serán tan fundamentales como los de cualquier otro ciudadano. O también, indagando indagando, mira por donde comprueba que los detenidos que no están a disposición judicial a las cinco de la tarde han de estar una noche más de calabozo por meras cuestiones de organización.

En fin, que al final la Fiscalía no dejará títere con cabeza, y todos al talego

viernes, 18 de noviembre de 2011

EL EFECTO CADECA

Para quien todavía no se ha enterado CADECA responde a la denominación abreviada del CONSEJO ANDALUZ DE COLEGIOS DE ABOGADOS, ese ente supracolegial de ámbito autonómico que ostenta la máxima representación de TODOS los Abogados de Andalucía y se encarga por expreso mandato legal de las negociaciones de los aspectos que afectan a la Abogacía en la Asistencia Jurídica Gratuita.

Una vez presentado el ente, y ciñéndome únicamente al aspecto de la Asistencia Jurídica Gratuita, las gestiones llevadas a cabo en los últimos tiempos por el CADECA ante la Consejería de Gobernación y Justicia no han hecho más que empeorar la ya maltrecha situación de los Abogados de Oficio andaluces, por mucho que se empeñe en decir alguno de sus jerifantes que “el Turno de Oficio está mejor que nunca”. Si echamos un vistazo a las últimas modificaciones experimentadas la gran mayoría de los Abogados de Oficio prefieren la situación de hace tres o cuatro años a la que se está viviendo hoy día, y no sólo me refiero a los retrasos en los pagos, lo cual puede tener en cierta medida alguna justificación en los tiempos que vivimos.

Precisamente fue el empeoramiento de las condiciones de prestación de la Asistencia Jurídica Gratuita y el ansia por dignificar un servicio que nunca debió permitirse llegara a tan bajos niveles de precarización, lo que llevó a la Junta General del Ilustre Colegio de Abogados de 16 de Diciembre de 2011, con su Junta de Gobierno al frente, a formular un listado de reivindicaciones, acompañado de una serie de medidas de presión.

El problema no es ya sólo que el CADECA desacredite los acuerdos adoptados por la Junta General del ICAGR, como ya se comentó en el post anterior, ni tan siquiera que nuestro Decano se haya dejado intimidar por los jerifantes cadequeros, sino que ese efecto intimidador se ha extendido a todos los miembros de la Junta de Gobierno del ICAGR (menos una), ya que en la Junta General Extraordinaria del pasado día 11 de Noviembre, como abducidos por el efecto CADECA, ya habían desaparecido los problemas que nos afectaban el día 16 de Septiembre, y ahora tocaba votar en contra de las medidas acordadas en aquella Junta General porque ahora casi todo había cambiado, según ellos, y los Abogados granadinos habíamos conseguido muchos logros. Pues bien, a la Junta General Extraordinaria del 11 de Noviembre acuden un buen número de Compañeros adscritos al Turno de Oficio. Pero para sorpresa de éstos, y previa llamada a filas de ciertos despachos, asisten en buen número Compañeros que la problemática del Turno de Oficio les trae sin cuidado. Aun así, y cuando se procede a la votación, se aprueba la continuidad de las medidas de suspensión acordadas el día 16 de Septiembre por 48 votos frente a 42. Pese al éxito, la Junta de Gobierno nos tenía preparada una treta, que era la de establecer un plazo para las medidas, proponiendo el de un mes, frente a las que se propusieron de dejarlas de forma indefinida o al menos por dos meses, y en todo caso hasta la celebración de nueva Junta General Extraordinaria. Y ahí sí, la Junta de Gobierno consiguió sacar su propuesta de concluir las medidas, pase lo que pase, en el plazo de un mes.

Evidentemente se le ha quitado toda virtualidad, si es que alguna tenía, a las medidas adoptadas, ya que si los responsables de la Asistencia Jurídica Gratuita saben que tienen fecha de caducidad, no les queda más que esperar a que llegue y nada más. Así pues todo seguirá en las mismas condiciones de precariedad y falta de reconocimiento que antes y el Presidente de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita del CADECA, el Decano de Málaga, permitiéndose el lujo de hacer declaraciones en los medios de comunicación tales como:

"En Andalucía no hay retraso en el pago del turno de oficio"

Fuente: http://www.cincodias.com/articulo/economia/andalucia-hay-retraso-pago-turno-oficio/20111117cdscdieco_6/

martes, 27 de septiembre de 2011

CADECA vs ICAGR

Ningún colectivo como el de la Abogacía se encuentra más indefenso que la propia Abogacía, haciendo bueno el dicho de en casa de herrero, cuchara de palo. Y me explico:
Los Abogados granadinos nos congratulábamos cuando nuestra propia Junta de Gobierno no sólo convocaba una Junta General Extraordinaria para tratar la problemática de la Asistencia Jurídica Gratuita y adoptar medidas de presión, sino que además en dicha Junta General proponía una serie de reivindicaciones y medidas que, una vez deliberadas, fueron aprobadas. Ese mismo día la prensa se hacía eco de los acuerdos adoptados y pronto se extendió la noticia por toda la geografía nacional. A partir de ese momento el Colegio de Abogados de Granada está en el punto de mira de muchos Compañeros que ansían que esos acuerdos se extiendan a sus respectivos Colegios. Han sido muchos los Compañeros que me han llamado para que le informara de los detalles y para felicitarnos del logro obtenido.
Lamentablemente no todo podía salir bien y el primer obstáculo no nos lo pone la Administración, ni la Judicatura, no. El primer obstáculo nos lo ponen nuestros propios “Compañeros”, sí, esos que dicen representarnos nivel de la comunidad andaluza y que tienen por nombre Consejo Andaluz de Colegios de Abogados (CADECA, en adelante). Su Comisión Permanente, reunida el día 23 de Septiembre de 2011 (justo una semana después de la Junta de General de Granada, jamás dicho Organo actuó con tal premura) adoptan una serie de acuerdos por unanimidad, con especial mención de estar incluido el Decano de Granada, y que a continuación procedo a enumerar y comentar:
1º.- Manifestar el respeto a la autonomía institucional de cada Colegio, en las materias de su competencia: Parece que ya la Comisión Permanente se está preparando el terreno para lo que vendrá después, es decir, el pisoteo y el agravio con público escarnio al Colegio de Granada.
2º.- Reconocer que las reivindicaciones exigidas por el Iltre. Colegio de Abogados de Granada son las que tradicionalmente viene negociando este Consejo con la Junta de Andalucía: Es bastante ilustrativo el adverbio utilizado para calificar las negociaciones: tradicionalmente. Es decir, que sí, que están muy bien, que ya nos las conocemos, que siempre es la misma cantinela, pero no dejan de ser utopías, pero que sí, que siempre están en nuestra agenda llevar esas reivindicaciones frente a la Junta de Andalucía.
3º.- Considerar que el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados es el único interlocutor válido con la Junta de Andalucía en las materias que legalmente le corresponden, especialmente todo lo referente a los servicios de Asistencia Jurídica Gratuita: Pues si, ya sabemos quien es el responsable de esta caótica situación en que se encuentra el Servicio de AJG, de esos pagos tan surrealistas, de ese abandono en que se encuentra el Abogado de Oficio, de esa precariedad de medios, de esa falta de consideración por parte de la Administración, Jueces y funcionarios. Este apartado es toda una confesión: ni más ni menos que el CADECA.
4º.- Recordar a los Colegios de Abogados de Andalucía que las competencias en materia de Asistencia Jurídica Gratuita las tiene este Consejo, advirtiendo que el Acuerdo adoptado por la Junta General del Iltre. Colegio de Abogados de Granada ha sido adoptada sin consentimiento del Consejo: La primera parte no es más que una reiteración del apartado anterior, volviendo el CADECA a confesarse culpable de todo este desaguisado. La segunda parte ya sí que es harina de otro costal. Efectivamente el Colegio de Granada no pidió consentimiento alguno al CADECA para adoptar los acuerdos que adoptó en su Junta General de 16 de Septiembre de 2011, pero es que tampoco tenía que pedirlo o, ¿acaso es eso lo que pretende el CADECA? Si es así, sí que esta faltando al respeto de la autonomía institucional del Colegio de Abogados de Granada, de la voluntad libremente expresada de su Junta General que es máximo órgano soberano de dicha Corporación.
5º.- Instar al Iltre. Colegio de Abogados de Granada a fin de que normalice a la mayor brevedad posible la situación creada, en aras al derecho de defensa y de un servicio público imprescindible para los ciudadanos andaluces: Por fin el CADECA nos muestra sus verdaderas intenciones que no son otras que las de acabar con la autonomía e independencia del Colegio de Abogados de Granada, coartando su libertad en pro del derecho de defensa de los ciudadanos andaluces. Pues bien, los acuerdos adoptados en la Junta General Extraordinaria del Colegio de Abogados de Granda el 16 de Septiembre de 2011 respetan de una forma exquisita los derechos y libertades de los ciudadanos andaluces, los cuales en ningún momento quedan desamparados o indefensos por la ejecución de las medidas de protesta acordadas. Éstas únicamente podrán causar el inconveniente de retrasar las actuaciones, pero nunca más de lo que en su día pudieron haberse retrasado cuando otros colectivos como Jueces o funcionarios han tomado en el pasado alguna medida de presión.
En definitiva el CADECA, órgano de “representación” de la Abogacía andaluza y, por tanto de la Abogacía granadina hoy por hoy es un ente al servicio del poder, plegado a las órdenes del político de turno. Los acuerdos anteriormente transcritos vienen a poner en serio peligro la libertad y democracia en el seno de los entes corporativos que integran el CADECA, y a su vez nos sirve para preguntarnos por la utilidad y beneficios de un ente que al Colegio de Abogados de Granada le costó el año pasado nada más y nada menos que 53.612’87 € y a cambio ¿qué ha recibido? Pues a cambio el CADECA nos ha vilipendiado públicamente, nos ha desautorizado ante la opinión pública, y para colmo ha hecho plena dejación de esas competencias que reclama a bombo y platillo para sí dejando de recurrir la Orden de 15 de Marzo de 2011 en la que se venía a establecer el número de Letrados de Guardia asignados a cada Colegio, y en la que se estableció que Granada debía pasar de los 23 que tenía en 2010 a 18 para 2011, y todo ello con carácter retroactivo a fecha 1 de enero de 2011, siendo el Colegio de Abogados de Granada el que ha recurrido tal disposición, lo que, según el comunicado, supondría asumir competencias propias del CADECA. Es lamentable como este ente se mantiene gracias a las cuotas que pagan todos los Colegios, y en contraprestación nos encontramos un órgano inoperante e inútil como así se puede comprobar si se visualiza su propia página web (cadeca.es) la cual lleva sin ser actualizada más de un año.
Por último, quiero desde aquí dirigirme al Decano del Colegio de Abogados de Granada, me consta que lee este blog, para decirle que en la disyuntiva que se le plantea en estos momentos ha de pronunciarse de forma clara y contundente: o bien se decanta por la posición del CADECA; o bien se inclina hacia su Colegio y sus colegiados. Y, Eduardo, no te quepa la más mínima duda de que si optas por defender a NUESTRO Colegio tendrás todo mi apoyo; pero también te diré que si no es así encontrarás un duro contrincante.

lunes, 19 de septiembre de 2011

SUSPENSION DEL TURNO DE OFICIO EN GRANADA II

Quienes prestamos el servicio de la Asistencia Jurídica Gratuita tenemos muchas batallas que librar para alcanzar unos logros de reconocimiento a todos los niveles y conseguir unos objetivos de tipo social, de medios materiales y de índole económica.

Ciertamente la labor del Abogado que presta el servicio de Asistencia Jurídica Gratuita carece del debido reconocimiento en todos los ámbitos.

                        - Los propios Compañeros de profesión, que no están adscritos al servicio, tienen una idea distorsionada. Hay quien todavía hoy habla del Turno de Oficio como una función social de la Abogacía, como en los tiempos de Mariacastaña, en los que la profesión asumía la defensa del justiciable sin recursos, y ahora esos Compañeros sacan pecho por la labor que ejercen unos cuantos en pro de la solidaridad de toda la profesión con los más desfavorecidos, haciendo recaer sobre esos cuantos todo el peso de esa solidaridad por unas míseras retribuciones, que además las justifican precisamente por la labor social de la profesión.

                        - Los propios Colegios de Abogados, a través de sus respectivas Juntas de Gobierno, y el resto de entes corporativos se han venido olvidando de forma dramática de los problemas que afectan a los colegiados que prestan el servicio, preocupándose más por los derechos del justiciable y por mantener una pseudo-relación cordial con las Administraciones competentes.

                        - Los funcionarios de Policía y de la Administración de Justicia están en la errónea creencia de que el Abogado de Guardia está para todo aquello que les plazcan, puede esperar todo el tiempo que a ellos les parezca y, por supuesto, siempre han de acudir con total puntualidad a todos sus llamamientos, dejando cualquier otra diligencia que estén llevando a cabo, pues la suya siempre será la más urgente e importante.

                        - La sociedad sigue teniendo la trasnochada imagen del Abogado de Oficio que está empezando a ejercer, con pocos conocimientos y menos experiencia, que no puede hacer frente a otro que sea de libre designación y que el Turno de Oficio le sirve para empezar a hacer sus primeros pinitos en la profesión y que en modo alguno le prestará el mismo interés y dedicación si el caso fuese privado.

Por fortuna algunas cosas están empezando a cambiar, y algunos sectores van tomando conciencia de la problemática que afecta a los Abogados que prestan el servicio de Asistencia Jurídica Gratuita; poco a poco los propios profesionales van asumiendo que la Asistencia Jurídica Gratuita dejó de ser una función social de la Abogacía para convertirse en un deber-derecho asumido por el Estado, debiendo ser éste el que debe soportar su coste y no los profesionales que lo prestan. Poco a poco los Colegios de Abogados van siendo sensibles a la problemática del colectivo, y baste como ejemplo la colaboración que prestó el Colegio de Córdoba a la organización del II Congreso de Abogados del Turno de Oficio (II-CAT), con la presencia de miembros de la Junta de Gobierno del Colegio de Granada; o el apoyo que esa misma Junta de Gobierno ha ofrecido a los Abogados que prestamos la Asistencia Jurídica Gratuita convocando una Junta General Extraordinaria para adoptar medidas de presión; o las Juntas de Gobierno de los Colegios de Madrid y Alcalá de Henares acordando medidas de presión.

Es evidente que toda medida de presión que se quiera adoptar frente a las Administraciones ha de ser adoptada por los propios Colegios de Abogados como gestores que son de los servicios de Asistencia Jurídica Gratuita y legítimos representantes que son del colectivo que los prestan. Hasta hace poco los Colegios de Abogados no han querido asumir su papel y ha habido una clara dejación de funciones en perjuicio del colectivo al que se deben y al que representan. Sin embargo, esa situación está empezando a cambiar de forma tímida. Tenemos la suerte de que Granada ha sido uno de los precursores, tras Madrid y Alcalá de Henares de la adopción de medidas de presión frente a la Administración, ya no sólo por los impagos o los retrasos, sino también en protesta por la precariedad en que los Abogados prestamos el servicio de Asistencia Jurídica Gratuita. Son tres ejemplos que han de hacerse extensivos al resto de Colegios para que de una vez por todas nos ganemos el respeto y la consideración de todos y cada uno de los Compañeros que no están adscritos al servicio, del resto de agentes implicados (Policía, Jueces y funcionarios), y de la sociedad en general; y se conceptúe la Asistencia Jurídica Gratuita como un servicio público esencial en un Estado de Derecho, garante del acceso a la Justicia de todos los ciudadanos que carezcan de medios económicos.

De momento en el Colegio de Granada se ha acordado dejar en suspenso las designaciones de Turno de Oficio, así como la interrupción de la Asistencia al Detenido todos los martes de 10:00 a 14:00 horas. Estas medidas podrían verse reforzadas con otras más drásticas si la Junta de Andalucía persiste en su actitud.

P.D.: ACUERDOS ADOPTADOS EN LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DEL ICAGR DE 16/09/2011:

martes, 31 de mayo de 2011

II CONGRESO NACIONAL DE ABOGADOS DEL TURNO DE OFICIO

Los próximos días 1 y 2 de Julio se celebrará en la vecina ciudad de Córdoba el II CONGRESO NACIONAL DE ABOGADOS DEL TURNO DE OFICIO, un acontencimiento al que estamos llamados todos aquellos que, estando adscritos al Turno de Oficio en cualquiera de sus acepciones y/o especialidades, ansiamos un tratamiento del servicio que responda a la profesionalidad y dedicación con que los Abogados asumimos la obligación legalmente impuesta.
En Junio de 2009 se celebró el I CONGRESO NACIONAL DE ABOGADOS DEL TURNO DE OFICIO en Gijón, donde se gestó el nacimiento de la que hoy es la CONFEDERACION ESPAÑOLA DE ABOGADOS DEL TURNO DE OFICIO Y ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA (C.E.A.T.), que es quien organiza este importantísimo evento.
Para mayor información e inscripciones:

jueves, 28 de abril de 2011

Porque en Granada no descartamos absolutamente nada


Los abogados amenazan con ir a la huelga por la reducción del turno de oficio (Granada Hoy)

Este y no otro era el titular de la noticia aparecida en le edición digital del diario local Granada Hoy el pasado día 19 de Abril con foto incluida del Decano del ICAGR. Ya sabemos lo que ocurre con los periodistas: exageran el titular para llamar la atención del lector. Lo que Eduardo Torres afirma en el artículo es que “… en Granada no descartamos absolutamente nada”. ¿Y qué es lo que quiere ello decir? Pues eso mismo, que TODO ES POSIBLE EN GRANADA como rezaba el título de aquella película protagonizada por Manolo Escobar: Desde 19 de Abril hasta la presente, al día de la fecha ¿qué es lo que ha ocurrido? NADA, es decir, aquello que no era descartado por el Decano. Ni antes del artículo, ni después ha habido reunión informativa alguna acerca del dichoso tema de la reducción de las guardias para la provincia de Granada el cual he denunciado en varias ocasiones en este mismo Blog, por vez primera el 26 de Enero pasado en este mismo medio (http://forogranada.blogspot.com/2011/01/no-hay-calificativos-que-sean-lo.html), un mes después mediante la remisión de una carta abierta a la que por entonces todavía era la Presidente de la Comisión de Justicia Gratuita del ICAGR (http://forogranada.blogspot.com/2011/02/carta-abierta-la-presidente-de-la.html) y por último el pasado 5 de Abril con ocasión de la aprobación de la Orden de 15 de Marzo de 2011 que fijaba el número de guardias asignadas a cada Colegio, entre otras cosas (http://forogranada.blogspot.com/2011/04/el-medallero-del-icagr.html).

Lo que es evidente es que esta situación no puede perpetuarse más en el tiempo sin que el Colegio de Abogados de Granada de forma oficial (no mediante globos sondas periodísticos) adopte unas medidas de protesta que habrán de ser debatidas por los propios afectados que no somos otros que los Abogados que prestamos el servicio de guardia.

Es precisamente con ese objeto con el que el pasado día 22 de Febrero se presentó en el registro del ICAGR una solicitud para la creación del GRUPO DE ABOGADOS DEL TURNO DE OFICIO Y ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA, como instrumento de canalización de la problemática del Abogados de Oficio al Colegio y demás entes implicados, estando pendientes al día de la fecha de que la Junta de Gobierno comunique su aprobación y su definitiva constitución. Será a partir de entonces cuando la voz del Abogado de Oficio se pueda hacer oír y adopte cualquier tipo de medida, incluida la huelga, porque “en Granada, no descartamos absolutamente nada”.